En el mundo de los negocios, es una triste realidad que algunas facturas nunca se cobran. Cuando esto sucede, esa pérdida puede convertirse en una deducción fiscal como cuenta incobrable, pero solo si cumples con los estrictos requisitos que el SAT establece. Pensar que con solo "dar por perdida" la factura es suficiente, es un error que puede costar caro.
El requisito principal para poder deducir una cuenta por cobrar es demostrar que agotaste razonablemente los medios para cobrarla. Para deudas menores a 30,000 UDIS (aproximadamente $240,000 pesos), esto implica notificar por escrito al deudor que aplicarás la deducción y avisarle al SAT sobre esta situación.
Para deudas que superen las 30,000 UDIS, el requisito es mucho más severo. No basta con una notificación; debes presentar una demanda formal ante la autoridad judicial para exigir el pago. Debes poder demostrarle al SAT que has iniciado un proceso legal para recuperar la deuda. Sin esta demanda, la deducción de montos grandes es improcedente.
El momento de la deducción también es clave. Esta se aplica en el mes en el que se consume el plazo de prescripción o en el mes en el que se cumplan los requisitos mencionados anteriormente. Llevar un control documental de todos tus esfuerzos de cobranza (correos, llamadas, notificaciones y, en su caso, la demanda) es la única forma de asegurar que esa pérdida comercial también sea reconocida por la autoridad fiscal.