RESICO para Personas Morales: ¿A Quién le Conviene y Cuáles son sus Reglas?

Post image

Publicado el 24/09/2025

Regresar

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no es solo para personas físicas. Existe también una versión para personas morales que ofrece una ventaja radicalmente diferente a la de cualquier otro régimen: el pago de ISR se calcula sobre el flujo de efectivo y no sobre el devengado contable.

Para poder tributar en este régimen, la persona moral debe estar constituida únicamente por socios personas físicas y sus ingresos anuales del ejercicio anterior no deben haber excedido los 35 millones de pesos. Si la empresa es de nueva creación, puede inscribirse siempre que estime que no superará este umbral.

La gran ventaja del RESICO para personas morales es que el ISR se paga sobre los ingresos efectivamente cobrados menos las deducciones efectivamente pagadas. Esto alinea perfectamente la obligación fiscal con la liquidez real de la empresa, eliminando la presión de pagar impuestos por facturas emitidas pero aún no cobradas, un problema común en el régimen general.

Sin embargo, el RESICO también tiene reglas estrictas. Por ejemplo, la tasa de depreciación para la mayoría de las inversiones es menor que en el régimen general. Además, si la empresa supera los 35 millones de pesos de ingresos, deberá abandonar el régimen de forma inmediata. Es una excelente opción para Pymes, pero requiere un análisis cuidadoso para asegurar que sus beneficios superan sus limitaciones.

Notificaciones
No hay notificaciones por el momento...