En una economía global, es cada vez más común que las empresas en México contraten servicios o compren bienes de proveedores en el extranjero. Sin embargo, para que ese gasto sea deducible, no basta con tener una "invoice"; se deben cumplir requisitos fiscales específicos que a menudo se pasan por alto.
El primer requisito es el comprobante. La factura emitida por el proveedor extranjero debe contener, como mínimo, su nombre y domicilio, su número de identificación fiscal (o equivalente en su país), y el nombre y RFC de la empresa mexicana que realiza el pago. Si el proveedor no tiene un número de identificación fiscal, deberá declararlo en el documento.
El segundo punto clave son las retenciones. Dependiendo del tipo de servicio, podrías estar obligado a retener una parte del pago por concepto de ISR. Esto es muy común en pagos por servicios profesionales, asistencia técnica, regalías o comisiones. La tasa de retención varía según el servicio y si existe un tratado para evitar la doble tributación con el país del proveedor. No hacer una retención obligatoria pone en riesgo toda la deducción.
Finalmente, debes poder demostrar la materialidad de la operación. Al igual que con los gastos nacionales, debes tener un expediente que respalde la transacción: el contrato con el proveedor, correos electrónicos, pruebas de que el servicio se recibió o de que la mercancía se importó legalmente. Una simple factura extranjera sin un soporte documental robusto es una bandera roja para el SAT.