¿El impuesto predial es deducible? ¿Y qué requisitos debes cumplir?

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Publicado el 07/10/2025

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El pago del impuesto predial es una obligación anual para todos los dueños de inmuebles. Si el inmueble que posee tu empresa (o tú como persona física con actividad empresarial) es utilizado para la operación del negocio, la buena noticia es que este impuesto es un gasto 100% deducible para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Para que la deducción sea válida, el requisito fundamental es que el inmueble debe ser indispensable para la actividad del contribuyente. Esto incluye oficinas, bodegas, locales comerciales, plantas industriales o cualquier propiedad que se utilice para generar ingresos.

El segundo requisito es el soporte documental. Necesitas el comprobante oficial del pago del impuesto predial emitido por la tesorería municipal o de la entidad federativa correspondiente. Este documento debe estar a nombre del propietario del inmueble, que debe ser el mismo contribuyente que aplicará la dedución.

Es importante destacar que el pago del predial no causa IVA, por lo que no hay impuesto por acreditar. Simplemente se considera un gasto deducible que se aplica en la declaración (provisional o anual) del periodo en que se realizó el pago. Asegúrate de tener tu comprobante a la mano y registrarlo correctamente en tu contabilidad para aprovechar este beneficio.

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