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hace 8 años

BENEFICIOS FISCALES A DESARROLLADORES DE VIVIENDA

El día de hoy se publica un decreto que otorga beneficios fiscales a personas que se dediquen a la construcción y enajenación de bienes inmuebles destinados a casa habitación. Dichos beneficios se resumen a continuación:

  1. Para efectos del ISR. podrán optar por acumular sólamente la parte del precio exigible en el ejercicio cuando se trate de enajenaciones a plazo.
  2. Se condona el IVA y sus accesorios causados antes del 31-12-14, por la prestación de servicios parciales de construcción destinados a casa habitación, siempre que no lo hubieran trasladado. A partir de 2015, deberán trasladarlo y enterarlo.

Este decreto entra en vigor a partir del 23 de enero y no se determina un plazo de vigencia.

El texto completo de este decreto será incorporado a nuestro software Salt 2015®, en nuestra segunda actualización del año.