Reforma a Disposiciones para Almacenes y Financieras

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Publicado el 20/06/2025

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Una resolución reciente ha modificado las "Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas". Estas modificaciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, impactan directamente la operación y control de los almacenes generales de depósito, especialmente en lo que respecta al uso de bodegas o locales arrendados, en comodato y habilitados.

Los Avisos y Documentación Obligatoria sobre los almacenes generales de depósito ahora deben presentar el aviso para el inicio de operación, arrendamiento, comodato o habilitación de bodegas o locales con al menos diez días hábiles de anticipación, utilizando el reporte regulatorio R14 C-1431. Además, se enfatiza la obligación de conservar toda la documentación relacionada con las operaciones en sus locales y oficinas, ya sean propios, arrendados, en comodato o habilitados, para su disposición inmediata ante la Comisión.

Una de las reformas más significativas es la incorporación de un sistema de control interno obligatorio para la operación con bodegas o locales arrendados, en comodato y habilitados. Este sistema busca asegurar una operación eficiente, así como prever, administrar, dar seguimiento y evaluar los riesgos asociados a estas modalidades. Las excepciones a esta obligatoriedad incluyen bodegas o locales dados en arrendamiento o comodato con previa autorización de la Comisión, y áreas designadas para almacenamiento exclusivo de mercancías de un mismo depositante que no constituyan actividad preponderante y cuenten con autorización.

Conoce mas sobre esta reforma aquí. 

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