Recordando la Solidaridad. ¿Son Deducibles los Donativos a Damnificados?

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Publicado el 19/09/2025

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El 19 de septiembre es una fecha que nos recuerda la vulnerabilidad, pero también la inmensa solidaridad del pueblo mexicano. En momentos de emergencia nacional, como los sismos, la ayuda fluye de todas partes. Fiscalmente, es importante saber que estos actos de generosidad pueden traducirse en un beneficio, siempre que se canalicen de la forma correcta para ser donativos deducibles.

El requisito indispensable para que tu donativo (como persona física o moral) sea deducible de ISR es que se realice a través de una "Donataria Autorizada". Estas son organizaciones de la sociedad civil que han sido certificadas por el SAT para recibir donativos deducibles. En casos de desastre, instituciones como la Cruz Roja Mexicana, así como fundaciones y fideicomisos reconocidos, suelen contar con esta autorización.

Antes de donar, es fundamental que verifiques que la organización esté en el Directorio de Donatarias Autorizadas, disponible en el portal del SAT. Esto te da la certeza de que tu ayuda llegará a su destino y de que tu aportación será fiscalmente válida.

Para asegurar la deducción, debes solicitar a la organización un CFDI por donativo. Este comprobante es tu único soporte legal. Las aportaciones en efectivo a botes o a personas no son deducibles. El pago debe realizarse por medios electrónicos (transferencia, tarjeta) a la cuenta de la donataria. De esta forma, tu solidaridad no solo ayuda a quienes lo necesitan, sino que también es reconocida por la ley fiscal.

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