Publicado el 21/10/2025
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El Servicio de Administración
Tributaria (SAT), a través de la publicación de la Quinta Resolución de
Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2025 y
sus Anexos 1, 2 y 5, ha dado a conocer una serie de cambios importantes que
impactan en diversos procedimientos aduaneros.
Estas modificaciones, emitidas
por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, buscan actualizar y fortalecer
el marco legal que rige las operaciones de comercio internacional en México.
Puntos Destacados de la
Resolución
Entre las reformas y adiciones
más relevantes se encuentran:
- Comercio de Hidrocarburos y Combustibles: Se
reforzaron las causales de suspensión en los padrones de importadores y
exportadores, especialmente para el Sector 13 de Hidrocarburos y
combustibles. Ahora, la falta de permisos vigentes o la realización de
operaciones con sujetos sin dichos permisos, conforme a la Ley del Sector
Hidrocarburos, serán motivo de suspensión. Además, se detallan los
requisitos de acreditación de permisos para la autorización y prórroga del
despacho en lugar distinto al autorizado y las obligaciones de reporte de
calidad de las mercancías.
- Aduanas y Seguridad: Se actualiza una causal de
suspensión del padrón relacionada con la detección de la introducción o
extracción de armas o narcóticos sin la documentación de cumplimiento de
regulaciones no arancelarias.
- Facilidades para Viajeros: Se modifican las reglas
sobre el equipaje y la franquicia de pasajeros. Se ajusta la cantidad de
artículos permitidos en el equipaje, como equipos portátiles y cigarros,
puros o tabaco. La franquicia para mercancías distintas al equipaje se
mantiene en $500 dólares (o su equivalente) para ingreso por cualquier vía
(terrestre, aérea o marítima).
- Apoyo a Repatriados: Se detalla el procedimiento
para que personas mexicanas repatriadas o en retorno desde los Estados
Unidos de América puedan importar, por única vez, mercancías usadas
adicionales a su equipaje, incrementando la franquicia acumulable para
familias a $1,000 dólares.
- Regulación de Cuadernos ATA: Se adicionan reglas
específicas que establecen las obligaciones y causales de cancelación de
la autorización para las asociaciones garantizadoras y expedidoras del Cuaderno
ATA (un documento de aduana internacional para la importación temporal de
mercancías). Estas modificaciones y adiciones entrarán en vigor el 1 de
noviembre de 2025.
- Copa Mundial de la FIFA 2026: Se incorpora la regla
4.2.21., que establece la importación temporal de mercancías destinadas a
la Copa Mundial de la FIFA 2026 y sus eventos relacionados, detallando el
formato y las 20 aduanas autorizadas para realizar el despacho.
- Canasta Básica: Se extiende el plazo para la
aplicación de facilidades administrativas a las Empresas Importadoras de
Productos de la Canasta Básica, permitiéndoles aplicar las reglas
correspondientes hasta el 31 de marzo de 2026.
La resolución entrará en vigor al
día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF),
con excepción de las disposiciones relativas al Cuaderno ATA, que aplicarán a
partir de noviembre de 2025.