QuintaResolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 y anexos 1, 2 y 5.

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Publicado el 21/10/2025

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de la publicación de la Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2025 y sus Anexos 1, 2 y 5, ha dado a conocer una serie de cambios importantes que impactan en diversos procedimientos aduaneros.

Estas modificaciones, emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, buscan actualizar y fortalecer el marco legal que rige las operaciones de comercio internacional en México.

Puntos Destacados de la Resolución

Entre las reformas y adiciones más relevantes se encuentran:

  • Comercio de Hidrocarburos y Combustibles: Se reforzaron las causales de suspensión en los padrones de importadores y exportadores, especialmente para el Sector 13 de Hidrocarburos y combustibles. Ahora, la falta de permisos vigentes o la realización de operaciones con sujetos sin dichos permisos, conforme a la Ley del Sector Hidrocarburos, serán motivo de suspensión. Además, se detallan los requisitos de acreditación de permisos para la autorización y prórroga del despacho en lugar distinto al autorizado y las obligaciones de reporte de calidad de las mercancías.
  • Aduanas y Seguridad: Se actualiza una causal de suspensión del padrón relacionada con la detección de la introducción o extracción de armas o narcóticos sin la documentación de cumplimiento de regulaciones no arancelarias.
  • Facilidades para Viajeros: Se modifican las reglas sobre el equipaje y la franquicia de pasajeros. Se ajusta la cantidad de artículos permitidos en el equipaje, como equipos portátiles y cigarros, puros o tabaco. La franquicia para mercancías distintas al equipaje se mantiene en $500 dólares (o su equivalente) para ingreso por cualquier vía (terrestre, aérea o marítima).
  • Apoyo a Repatriados: Se detalla el procedimiento para que personas mexicanas repatriadas o en retorno desde los Estados Unidos de América puedan importar, por única vez, mercancías usadas adicionales a su equipaje, incrementando la franquicia acumulable para familias a $1,000 dólares.
  • Regulación de Cuadernos ATA: Se adicionan reglas específicas que establecen las obligaciones y causales de cancelación de la autorización para las asociaciones garantizadoras y expedidoras del Cuaderno ATA (un documento de aduana internacional para la importación temporal de mercancías). Estas modificaciones y adiciones entrarán en vigor el 1 de noviembre de 2025.
  • Copa Mundial de la FIFA 2026: Se incorpora la regla 4.2.21., que establece la importación temporal de mercancías destinadas a la Copa Mundial de la FIFA 2026 y sus eventos relacionados, detallando el formato y las 20 aduanas autorizadas para realizar el despacho.
  • Canasta Básica: Se extiende el plazo para la aplicación de facilidades administrativas a las Empresas Importadoras de Productos de la Canasta Básica, permitiéndoles aplicar las reglas correspondientes hasta el 31 de marzo de 2026.

La resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con excepción de las disposiciones relativas al Cuaderno ATA, que aplicarán a partir de noviembre de 2025.

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