ORGANISMOS CON FACULTAD RECAUDADORA

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Publicado el 09/08/2018

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ORGANISMOS CON FACULTAD RECAUDADORA
 
Existen diferentes organismos con facultad para recaudar impuestos, por lo que analizamos las facultades de cada uno para que los contribuyentes tengan un mejor panorama de las obligaciones fiscales que deben cumplir en tiempo y forma.
 
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es la encargada de realizar el cobro de las contribuciones y de vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales, esta labor la realiza, por medio del Servicio de Administración Tributaria (SAT)
Existen otros organismos que no forman parte de la SHCP que también tienen el carácter de autoridad fiscal con función recaudadora y que pueden realizar acciones fiscales como el cobro de contribuciones.
En el ámbito federal, los principales organismos encargados del cobro de impuestos son:
  • El Servicio de Administración Tributaria (SAT)
  • El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
  • El Instituto Nacional para el Fondo de la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT)
  • Comisión Nacional del Agua (CONAGUA)
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Este organismo ostenta la parte medular de las funciones fiscales de la SHCP.
El SAT es un órgano desconcentrado de la SHCP, tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera para que las personas físicas y morales contribuyan al gasto público.
Tiene por objeto la determinación, liquidación y recaudación de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos federales y sus accesorios de acuerdo a la legislación aplicable y conforme a los tratados internacionales de los que México sea parte.
Es el órgano encargado de asegurar que los contribuyentes cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, por lo que pueden realizar auditorías, inspecciones, revisiones, etc. a los contribuyentes.
Tiene la obligación de facilitar, incentivar, generar y proporcionar la información necesaria para que los contribuyentes cumplan voluntariamente con el pago de impuestos y demás contribuciones.
El SAT lleva a cabo su labor a través de las aduanas y sus oficinas recaudadoras, las autoridades fiscales de las entidades federativas que estén coordinadas, los organismos descentralizados y los bancos comerciales autorizados para recaudar las contribuciones federales.
Además de realizar funciones exclusivamente de recaudación esta autoridad lleva a cabo el procedimiento de requerimiento y en su caso embargo.
 
IMSS
El Instituto Mexicano del Seguro Social en un organismo público descentralizado que tiene el carácter de autoridad fiscal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, su principal función es ayudar al Estado en la recaudación y administración de las aportaciones de seguridad social.
Es el organismo encargado de la seguridad social en México, por lo que debe garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los datos de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión previo cumplimiento de los requisitos legales.
También tiene el carácter de organismo fiscal autónomo, por lo que sus funciones están vinculadas, ya que la seguridad social se financia mediante aportaciones de los trabajadores, patrones y el gobierno (cuota social), de las cuales es responsable.
Las cuotas que corresponden al IMSS son aportaciones de seguridad social que son un tipo de contribuciones.
Las funciones fiscales del IMSS son: recaudar, administrar, determinar, liquidar y el cobro de cuotas.
 
INFONAVIT
Es un organismo de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propios, además de ser también un organismo fiscal autónomo.
Se encarga de dar cumplimiento al derecho de la vivienda de los trabajadores establecido en la Constitución.
Se trata de un fondo nacional que se integra con aportaciones patronales por cada uno de los trabajadores, estas cuotas son contribuciones del tipo de aportaciones de seguridad social.
Por ser un organismo fiscal autónomo, se encuentra facultado para determinar, liquidar, requerir pagos, recibir pagos, cobrar y ejecutar las aportaciones patronales y los descuentos omitidos, entre otras funciones fiscales.
 
CONAGUA
La Comisión Nacional del Agua, ayuda al estado en la recaudación y administración de impuestos, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que cobra y administra derechos relativos al agua.
Tiene la responsabilidad de administrar, regular, controlar y proteger las aguas nacionales del país.
Tiene la facultad de ser autoridad fiscal y ejercer el cobro, determinación, recaudación y fiscalización de contribuciones y aprovechamientos, específicamente derechos sobre aguas nacionales.
 
DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS
El legislador tiene la facultad de crear contribuciones mediante leyes; hay leyes fiscales que establecen hechos hipotéticos que de ocurrir en la realidad, provocan la obligación tributaria. Esta obligación consiste el pago de estas contribuciones al Estado a través de los distintos organismos fiscales con facultad de recaudación (SAT, IMSS, INFONAVIT, CONAGUA) que corresponda.
Dicho pago debe realizarse oportunamente en las fechas que indica la ley.
Antes de realizar el pago del impuesto u otra contribución, se tiene que determinar la obligación fiscal estableciendo las tasas establecidas en la ley.
Corresponde a cada contribuyente realizar la determinación de las contribuciones a su cargo, a esto se le llama “autodeterminación”, posteriormente presentará a la autoridad fiscal su declaración y finalmente deberá pagar la cantidad correspondiente.
Si los contribuyentes pagan su adeudo, se cumple con el ciclo tributario (nacimiento, determinación, pago y extinción de la obligación fiscal), sin que interfiera la autoridad.
De manera excepcional, la autoridad fiscal se encarga de determinar la contribución; en este caso, el contribuyente debe proporcionar la información necesaria dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se realizó el hecho imponible.
Existen casos en donde la autoridad efectúa la determinación de la obligación tributaria, principalmente cuando existe la posibilidad de que el contribuyente no realizó una correcta determinación de las contribuciones que le corresponden pagar.
Las autoridades fiscales, además de la facultad recaudadora, tienen también la facultad fiscalizadora mediante la cual pueden realizar actividades de investigación y control (auditorías, revisiones, inspecciones, etc.) sobre las operaciones económicas y actos de los contribuyentes, para comprobar si se cumplieron debidamente con las obligaciones fiscales al pagar la cantidad de contribuciones que les correspondía. Así, las facultades de fiscalización sirven para constatar y revisar los datos presentados en la declaración del contribuyente y en caso de existir diferencia entre lo declarado y pagado y lo que se debió declarar y pagar, la autoridad rectifica la declaración del contribuyente, originando una nueva determinación tributaria emitida por la autoridad fiscal.
Esta determinación de la autoridad debe ser debidamente notificada al contribuyente para que surta efectos legales. El contribuyente puede estar de acuerdo  o no, con esta nueva determinación de la obligación fiscal. En este último caso, existen diversos medios de defensa (administrativo, jurisdiccional y no jurisdiccional) a favor de los contribuyentes para resolver el desacuerdo y la determinación queda fija cuando se resuelven los medios de defensa interpuestos.
 
INCUMPLIMIENTO DE LOS CONTRIBUYENTES
Si el contribuyente incumple con el pago de sus impuestos, el fisco cobrará los créditos que tiene a su favor como si se tratara de un acreedor normal, pero con la diferencia de que puede exigir el cumplimiento de las obligaciones no pagadas directamente y en forma coactiva.
Es decir, la autoridad fiscal no tiene la necesidad legal de acudir primero a demandar el pago del crédito vía tribunales, ya que la naturaleza e importancia del crédito fiscal justifican el cobro coactivo.
Si se trata de otras obligaciones fiscales como: llevar los sistemas de registros contables establecidos en la ley, presentar declaraciones, retener impuestos, presentar avisos, etc., el Fisco podrá independientemente del cobro del crédito fiscal y de las sanciones penales que pudieran corresponder, sancionar a los contribuyentes imponiéndole multas.
 
CONCLUSIONES
Es de suma importancia estar al tanto de todas las obligaciones fiscales que se deben de cubrir ya que una mala administración en este aspecto puede llevar a ocasionar inestabilidad financiera o incluso pueden derivar en problemas penales para el contribuyente.

 

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