Nuevos límites a jubilaciones y salarios en el sector público

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Publicado el 13/04/2026

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La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo ha promulgado el decreto que reforma y adiciona el artículo 127 de la Constitución Política, estableciendo límites estrictos a las remuneraciones y jubilaciones de los servidores públicos en México.

La modificación principal estipula que ninguna persona servidora pública podrá recibir un salario mayor al de la persona titular del Ejecutivo Federal. Sin embargo, la novedad más trascendente radica en el control de los sistemas de retiro: las jubilaciones y pensiones del personal de confianza en organismos descentralizados, empresas del Estado y fideicomisos no podrán exceder la mitad (50%) de la remuneración del Presidente de la República.

Excepciones y ajustes: El decreto especifica que quedan fuera de este límite:

  • Las Fuerzas Armadas.
  • Ahorros mediante aportaciones voluntarias o sindicales.
  • Pensiones no contributivas (como las del Bienestar).

Es importante destacar que el decreto tiene un carácter de aplicación inmediata para las pensiones vigentes, las cuales deberán ajustarse a este nuevo tope. No obstante, los haberes de retiro ya reconocidos bajo el marco anterior se conservarán íntegros. El Congreso de la Unión y las legislaturas estatales tienen un plazo de 90 días naturales para armonizar sus leyes con este nuevo mandato constitucional.

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