El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación en la edición matutina el acuerdo por el que se modifican los formatos de los Contratos de adhesión y de los Apéndices 1 y 2, a que se refieren los Anexos 1 y 2 de las Reglas de carácter general para la recepción de información de declaraciones fiscales y la recaudación de recursos federales por parte de las instituciones de crédito.
A partir de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, las instituciones de crédito tienen un plazo de treinta días naturales para adherirse a las modificaciones realizadas a los Formatos de los Contratos de adhesión y de los Apéndices 1 y 2 a que se refieren los Anexos 1 y 2 de las REGLAS de carácter general para la recepción de información de declaraciones fiscales y la recaudación de recursos federales por parte de las instituciones de crédito, en los términos previstos en la regla OCTAVA de las citadas REGLAS.
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