En la semana final para la declaración de septiembre, es crucial que las Personas Físicas con Actividad Empresarial y Profesional (PFAEP) entiendan una diferencia fundamental: el impuesto que calculan y pagan cada mes es solo un pago provisional, un "abono" a cuenta de su impuesto anual.
El cálculo mensual es directo: a tus ingresos efectivamente cobrados le restas tus deducciones autorizadas efectivamente pagadas (las del negocio). A la utilidad resultante le aplicas la tarifa progresiva del artículo 96 de la Ley del ISR.
El error más común es intentar incluir en este cálculo mensual las deducciones personales, como los honorarios médicos, las colegiaturas o los gastos funerarios. Estas deducciones NO se utilizan en los pagos provisionales. Se acumulan durante todo el año y se aplican una sola vez, en la Declaración Anual de abril, para disminuir la base gravable final.
Realizar correctamente este cálculo mensual te asegura no pagar de más ni de menos cada mes, y te prepara para el cálculo definitivo del año. Confundir ambos tipos de deducciones es una de las principales causas de errores y de saldos a cargo inesperados en la declaración anual.