Habilitación del Buzón Tributario

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Publicado el 30/12/2024

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa a los contribuyentes que la fecha límite para habilitar el Buzón Tributario es el 31 de diciembre de 2025. El incumplimiento de esta obligación fiscal después de esta fecha será motivo de infracción. Desde 2020, la habilitación del Buzón Tributario, junto con el registro y mantenimiento actualizado de los medios de contacto, es obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Para habilitar el Buzón Tributario, los contribuyentes deben ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx), seleccionar la opción Buzón Tributario e iniciar sesión con RFC y Contraseña o e.firma. Posteriormente, en la sección de Configuración, se debe completar el formulario de medios de contacto, registrando un correo electrónico y un número de teléfono celular. Es crucial confirmar estos medios de contacto dentro de las 72 horas siguientes a través de un enlace de confirmación enviado al correo electrónico y la captura de un código enviado por SMS al número celular, ambos disponibles en la opción Configuración del Buzón Tributario.

Conoce más sobre este comunicado aquí.

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