EFOS Y EDOS

Post image

Publicado el 09/10/2019

Regresar

EFOS Y EDOS
 
La simulación de operaciones a través de comprobantes fiscales digitales es una de las operaciones que más crecen en México.
La reforma fiscal de 2014, realizó modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF), donde realizó la incorporación del artículo 69-B al Código Tributario, con el cual se incorpora un procedimiento para detectar y combatir a los contribuyentes que han emitido comprobantes fiscales apócrifos.
 
¿QUÉ SON LOS EFOS Y LOS EDOS?
Los EFOS son las Empresas que Facturan Operaciones Simuladas, también son conocidas como empresas fantasma, estas personas lucran con la emisión de comprobantes fiscales digitales, porque facturan operaciones, compras o servicios que nunca se llevaron a cabo.
Los EDOS son las Empresas que Deducen Operaciones Simuladas, son personas o empresas que simulan un aumento en sus gastos de operación para pagar menos impuestos y en ocasiones, solicitar devoluciones.
 
¿QUÉ SON LAS OPERACIONES SIMULADAS?
Es la colocación en el mercado de comprobantes fiscales auténticos pero que amparan conceptos que no se han enajenado o no corresponden al monto facturado.
 
CARACTERÍSTICAS DE EFOS
  • Empresas de reciente creación (2 o 3 años)
  • En el domicilio manifestado ante el RFC no se observa actividad económica o corresponde a pequeños departamentos, casas habitación o lotes baldíos, generalmente en zonas marginadas, virtuales o ficticias.
  • No hay empleados, maquinaria, equipo, inventarios, ni se observa evidentemente ningún factor productivo real.
  • En el mismo domicilio existen dos o más contribuyentes, algunos de los cuales suelen ser sus proveedores, quienes en gran medida tienen la característica de que no están localizados.
  • No declaran o bien, declaran un margen de utilidad insignificante.
  • Los socios no cuentan con recursos económicos, no declaran, son ilocalizables, habitan en zonas marginadas o fueron empleados.
  • No son localizados en su domicilio o son localizados pero en las verificaciones atienden por única ocasión y se desaparecen, además de que regularmente atiende un tercero.
  • Abren cuentas y las cancelan pronto, tienen montos altos de facturación y pocos o nulos gastos.
  • Su objeto social es muy amplio, énfasis en intangibles, para poder ofrecer facturas acordes a las actividades de quien las compra.
  • Los depósitos que reciben de sus clientes son retirados de forma inmediata para realizar supuestos pagos a contribuyentes intermedios creados para simular la operación y regresar el dinero a los clientes en efectivo o traspaso a cuentas no enlazadas a la contabilidad a nombre de accionistas o terceros.
  • Ganan una comisión sobre la factura que emitió.
 
CARACTERÍSTICAS DE LOS EDOS
Por lo general cumple con sus obligaciones fiscales.
  • Está localizado en el domicilio fiscal que tiene registrado el SAT.
  • Tienen una actividad de donde la materialidad es visible.
  • Los socios generalmente están en la nómina, y tienen mayor cumplimiento que los EFOS.
  • Suelen reportar pérdidas fiscales o utilidades marginales, generando un mínimo de impuesto a cargo.
  • Genera documentación falsa para acreditar la materialidad de la operación (manuales, asesorías, capacitación, etc.)
  • Paga en efectivo una comisión por la emisión de la factura falsa.
 
FACTURA FALSA
Es igual a cualquier otra factura, es válida porque cuenta con los elementos formales y autorizados de toda factura. Lo que la hace falsa es su contenido, que se presume verdadero (y por esto la transacción logra tener efectos fiscales); es hasta que el fisco revisa la factura donde detecta que la operación en realidad no existe.
La factura puede referir a:
  1. Cifras de dinero nunca pagadas por operaciones que no existieron; o
  2. Puede amparar dinero que si fue objeto de una transacción, aunque no la operación.
Se finge pagar por algo que no existe en los siguientes casos:
  1. Cuando el dinero no existió: por evasión fiscal
  2. Cuando el dinero si existió: por evasión fiscal y lavado de dinero.
Los efectos fiscales de esta práctica es que el contribuyente disminuye su base gravable del ISR, incluso generando pérdidas que provocarían que no pagara ISR en varios periodos.
 
AFECTACIÓN AL IVA
Respecto al IVA, la agresión al fisco es más fuerte porque pueden generarse saldos a favor, que se compensan contra el mismo impuesto o incluso puede darse que se solicite la devolución de un IVA en inexistente.
Con la compensación universal, en los esquemas de evasión detectados, el IVA se compensaba contra el ISR (disminuyendo la base gravable) y contra las retenciones a los trabajadores (trabajadores si pagaban sus impuestos, pero la empresa no los enteraba porque compensaba contra IVA a veces amparada en facturas falsas).
 
ACCIONES DE LA AUTORIDAD FISCAL PARA FRENAR A LOS EFOS Y EDOS
Envío al listado de contribuyentes; La autoridad fiscal puede enviar a los EFOS al listado de contribuyentes del articulo 69-B, cuando se detecte que emiten facturas apócrifas.
Explotación máxima de la información de cada EFOS, para encontrar a todos los que han deducido facturas falsas (EDOS) y a los beneficiarios de las comisiones cobradas por la EFOS.
El SAT envió 150 oficios a notarios públicos y a directores generales de registros públicos relacionados con estas EFOS para:
  1. Cruzar y ahondar en la información societaria.
  2. Verificar posible información fraudulenta o falsificada.
  3. Completar expedientes para otras autoridades fiscales y penales.
  4. Seguir desentrañando el modus operandi, los patrones y las redes.
El SAT está remitiendo a la UIF (Unidad de Inteligencia Financiera) los datos de las 150 EFOS del operativo, para:
  1. Cruce a detalle la información financiera de esas EFOS y sus EDOS.
  2. Detectar transferencias inusuales relacionadas con facturas y se volverá a tocar base con la UIF, para ahondar en esos hallazgos.
INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES PENALES
La información se entregará directamente por el SAT a la Procuraduría Fiscal de la Federación y/o a la Fiscalía General de la República para la integración de los casos a que haya lugar. Para esto las áreas de Auditoria Fiscal Federal y de Grandes Contribuyentes están llevando a cabo auditorías profundas y preparando la emisión de dictámenes técnicos contables para que la Procuraduría Fiscal pueda formular querellas por defraudación fiscal equiparable.
Lo anterior es independiente de las denuncias penales que, también bajo un nuevo Modelo de Riesgo y de Integración de Casos, corresponda presentar al propio SAT.
A partir de junio de 2019 se han presentado 23 denuncias penales en contra de EFOS ante la Fiscalía General, entre las cuales hay algunas que el SAT identifica como desvío de recursos públicos.
 
PREVENCIÓN
Es recomendable buscar a los proveedores ya existentes, en las listas emitidas por el SAT con el nombre y el RFC.
Es importante estar al pendiente del momento en el que existan nuevos proveedores para que antes de cerrar cualquier operación de compra venta se revise que no estén en las listas emitidas por la autoridad fiscal.
Guardar todos los documentos que comprueben la existencia de las operaciones, adicionales a las facturas, como pueden ser contratos, recibos,  fotografías y bitácora
 
AUTOCORRECCION
En el caso de detectar que por error se dedujo una factura falsa ¿Qué se puede hacer?
  • En caso de duda respecto a alguna factura o alguna operación celebrada con alguna EFOS, acercarse al SAT cuanto antes.
  • En caso de haber cometido el error de comprar una factura, que quizá fue por inexperiencia, por curiosidad, por apuro económico, o porque se les hizo fácil, es mucho mejor que la autoridad fiscal encuentre la buena fe de un contribuyente que se autocorrigió y no la mala fe de quien permaneció en un estado de fraude a la nación.
  • Si uno o varios de sus proveedores han sido detectados y enlistados por el SAT como EFOS, debería de dejar sin efecto fiscal todas las facturas emitidas por dicho proveedor y pagar el impuesto que resulte además de afrontar los créditos fiscales
  • Acudir a la oficina de la administración de Recaudación Fiscal que les corresponda, o en las oficinas de BANCEN (Servicio de Administración y Enajenación de Bienes).
CONCLUSIONES
Existen empresas que ofrecen el servicio de monitoreo diario de contribuyentes, enviando alertas a través del correo electrónico y de su App en caso de que algún proveedor se incluya en las listas emitidas por el SAT o sea reportado como no localizado, sin embargo el cobro por este servicio puede ir desde $4,000.00 hasta $13,000.00 anuales lo que puede representar un incremento en los gastos de la empresa.
Salt en apoyo a los contribuyentes ha diseñado una herramienta de consulta gratuita en la que se puede revisar las listas emitidas por el SAT ingresando el nombre del proveedor o su RFC sin necesidad de ser cliente de la plataforma ni de ingresar ningún dato personal, sólo basta con ingresar a: http://salt.com.mx/efos y puede tener la tranquilidad de que sus facturas no representan ningún riesgo para usted o su empresa.

 

Notificaciones
No hay notificaciones por el momento...