Publicado el 15/03/2024
El Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito ha emitido una importante resolución que reafirma la responsabilidad de los contribuyentes de verificar que el número de cuenta CLABE y la institución bancaria capturados en su declaración sean correctos para recibir la devolución automática de saldos a favor.
Hechos:
En un juicio contencioso administrativo, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que el SAT no tiene la obligación de verificar la información bancaria proporcionada por los contribuyentes. El saldo a favor en un caso se depositó en la cuenta de un tercero debido a un error en la información proporcionada por la persona contribuyente.
Criterio jurídico:
El Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito establece que la responsabilidad de verificar la información bancaria recae en el contribuyente.
Justificación:
Recomendaciones:
Esta resolución es importante para los contribuyentes que desean recibir su devolución de saldo a favor de manera rápida y eficiente. Al verificar la información bancaria antes de enviar su declaración, se puede evitar errores que retrasen o incluso impidan la devolución del saldo a favor.
Para más información, consulte la tesis del Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito:
https://sjfsemanal.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2028425
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