El día de hoy se publico en el Diario Oficial de la Federación las Modificaciones a las disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro.
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) publicó modificaciones al régimen de inversión de las Afores (Siefores). Los cambios tienen dos objetivos principales: mejorar la tasa de reemplazo (pensión) de los trabajadores y apoyar el financiamiento de empresas en México.
Para fomentar la economía nacional, se facilitará la inversión en compañías mexicanas y en "Emisiones Simplificadas" bajo un nuevo marco de gestión de riesgos.
Además, se ajustaron los límites de inversión en monedas extranjeras (divisas) para optimizar los recursos de los trabajadores tanto en la fase de acumulación como en la de retiro.
Entre otras precisiones, la autoridad aclaró la definición de "Valores Extranjeros de Deuda" y estableció nuevas reglas para las "Siefores Básicas de Pensiones" (para personas en retiro). A estas últimas se les permitirá invertir en FIBRAs (instrumentos de bienes raíces), pero solo mediante "Vehículos" de inversión, no de forma directa. También se reforzó el seguimiento a los "Instrumentos Estructurados" para mayor claridad normativa.