Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

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Publicado el 26/01/2026

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El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, el cual establece los lineamientos para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales del ejercicio 2025. Este cumplimiento debe realizarse obligatoriamente mediante el sistema SIPRED’2025 Tipo II.

Las disposiciones son aplicables a sectores específicos, incluyendo instituciones de crédito, seguros y fianzas, casas de bolsa, sociedades controladoras de grupos financieros y establecimientos permanentes de residentes en el extranjero. Asimismo, el documento regula a las sociedades integradoras e integradas y al Banco de México. La presentación debe integrar los anexos generados por el software, las notas a los estados financieros, la opinión del contador público inscrito y el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.

Un requisito indispensable es la inclusión de los cuestionarios de diagnóstico fiscal y de precios de transferencia, los cuales deben ser requisitados por el auditor. La información se integrará en un solo archivo encriptado con extensión .sb2x, conformado por 26 caracteres. Para la captura de datos de identificación, es necesario obtener la información registrada en el SAT previa identificación con la e.firma del contribuyente, del contador y del representante legal.

Técnicamente, el sistema requiere equipos con procesador Intel Core i3, 4 GB de RAM y sistema operativo Windows 7 o superior. El instructivo recalca que las notas a los estados financieros son obligatorias, ya que, según las Normas de Información Financiera, forman una unidad inseparable con los estados financieros básicos. Finalmente, se establece que cualquier omisión o diferencia detectada por el contador en las contribuciones debe describirse detalladamente en el informe final, indicando métodos de revisión y montos determinados.


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