El decreto de reforma publicado hoy cierra importantes vías de defensa para los contribuyentes una vez que un crédito fiscal ha quedado firme. Las modificaciones al Código Fiscal de la Federación, a la Ley de Amparo y a la Ley del Tribunal Federal de Justicia Administrativa redibujan la estrategia de litigio, haciendo crucial la defensa oportuna antes de que las resoluciones sean definitivas.
Menos Opciones de Defensa: Se establece como improcedente el recurso de revocación contra actos que exijan el pago de créditos fiscales que ya quedaron firmes
El Amparo, la Última Ventana (y muy lejana): La única vía que queda contra el cobro de un crédito fiscal firme es el juicio de amparo indirecto. Sin embargo, la reforma establece una nueva regla: solo podrás promoverlo hasta que se publique la convocatoria de remate de tus bienes
La Garantía es Indispensable para la Suspensión: Si buscas la suspensión en un juicio de amparo contra el cobro de un crédito fiscal, la reforma enfatiza que esta se concederá de forma discrecional y surtirá efectos solo si se garantiza el interés fiscal ante la propia autoridad fiscal