El día de hoy se publicó en el
Diario Oficial de la Federación la SEXTA Resolución de Modificaciones a la
Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y anexos 1 y 1-A en la cual se
oficializa que el segundo periodo vacacional del año comprenderá del 18 de
diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026. Entre los cambios más relevantes
destaca el endurecimiento de requisitos para los Órganos Certificadores,
quienes ahora deberán acreditar un capital social mínimo de $20,000,000.00 M.N.,
además de la implementación de controles más estrictos para los emisores de
monederos electrónicos, quienes podrían perder su autorización ante
modificaciones tecnológicas no validadas.
Asimismo, la resolución detalla
las reglas de operación para los estímulos fiscales derivados del Sorteo
"El Buen Fin". Se establece que las instituciones financieras
participantes podrán acreditar el monto de los premios entregados contra pagos
de ISR (propio o retenido), siempre que cumplan con los plazos de información
vía SATCLOUD-Mixtli. Es fundamental que las entidades presenten el comprobante
de pago de premios no reclamados a más tardar el 30 de enero de 2026 para
asegurar el aprovechamiento de este beneficio fiscal.
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