Con la fecha límite del lunes 17 de noviembre a la vista, toda la presión se centra en la declaración de ISR e IVA. Sin embargo, hay otra obligación igual de importante que vence el mismo día y cuya omisión genera multas automáticas: la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
El fundamento verificable es el Artículo 32, fracción VIII, de la Ley del IVA, que obliga a informar mensualmente sobre las operaciones con proveedores, desglosando el IVA pagado.
La DIOT no es solo un trámite; es la principal herramienta del SAT para cruzar información. La autoridad compara el IVA acreditable que tú reportas en tu DIOT y tu declaración de IVA, contra el IVA trasladado que tu proveedor reportó en sus declaraciones. Si las cifras no "amarran", es una de las principales causas de auditoría.
No presentar esta declaración o presentarla con errores te expone a sanciones económicas (verificables en los Artículos 81 y 82 del CFF). Hoy es el día para asegurar que tu DIOT esté lista y sea 100% consistente con tu cálculo de IVA.